PYMES

El seguro protege a las pequeñas y medianas empresas (pymes) ante aquellos riesgos a los que están expuestas; ampara los bienes muebles (contenidos) e inmuebles (planta física) cuando estos sufran daños a causa de un evento cubierto por la póliza.

El seguro tiene una cobertura básica para los bienes en caso de incendio, explosión y daños por agua, entre otros. Adicionalmente, se brindan coberturas opcionales para otros eventos como terremoto, actos mal intencionados de terceros, hurto, lucro cesante, rotura de maquinaria o responsabilidad ante terceros

¡PROTEGE EL PATRIMONIO QUE TANTO TE COSTÓ CONSTRUIR!

¿QUÉ COBERTURAS OFRECE?

Daños materiales a bienes propios

Desastres naturales (lluvia, temblor, deslizamientos de tierra y vientos, etc.), daños causados por el agua, un incendio o una explosión, vandalismo y terrorismo, robo adentro del negocio (robo de dinero: aplica si hay violencia), impacto de objetos, auxilio por interrupción del negocio: 10 % de la pérdida (no aplica robo), otros gastos: 10 % del capital de respaldo (remoción de escombros y preservación de bienes).

Bienes protegidos

Siempre que sean propiedad de tu empresa y estén dentro del predio asegurado, estarán cubiertos:

 

  • Local o inmueble, es decir, las estructuras fijas, muros, instalaciones permanentes que hagan parte de la construcción, cuando hayas declarado ser propietario del inmueble.
  • Mercancías, existencias, inventarios, materias primas, material en proceso, productos elaborados y material de empaque o aquellas que, sin ser de tu propiedad, se encuentren bajo tu cuidado y control.
  • Muebles, tales como enseres, estanterías, escritorios, sillas y artículos de oficina.
  • Dinero en efectivo (billetes bancarios y/o monedas), bajo el evento de robo con violencia.
  • Máquinas, herramientas y equipos de servicio usados en el desarrollo de la actividad de la empresa, incluyendo sus accesorios e instalaciones.
  • Equipos de cómputo, procesamiento de datos, medición, comunicación y sus equipos auxiliares.

 

Ten en cuenta que no estarán cubiertos los bienes relacionados dentro de los bienes no protegidos.

Afectación a terceros
  • Daños a terceros.
  • Accidentes de trabajo en exceso de la Seguridad Social.
  • Daños al local arrendado, ocasionados por eventos cubiertos en el seguro y que sean responsabilidad del asegurado.
  • Gastos de defensa.
  • Gastos médicos de urgencia (hasta 5 SMMLV).
  • Productos o servicios defectuosos.
Asistencias
  • Plomería (no incluye la reparación y/o reemplazo de accesorios
  • Cerrajería
  • Electricidad
  • Reemplazo de vidrios exteriores
  • Asistencia jurídica telefónica
  • Servicio de vigilancia
  • Orientación administrativa para contrataciones o liquidaciones laborales

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